¿De qué tienen miedo? Esto nos tenemos que preguntar, cuando en la Unión Europea ya están debatiendo sobre los límites legales de los blogs.
En primer lugar quiero solidarizarme con aquellos blogueros que, por el mero hecho de escribir sus opiniones se encuentran en cárceles, en países como Cuba, China o Irán. También quiero solidarizarme con un bloguero español, con el autor del blog Merodeando, Julio Alonso, que ha sido condenado por lesiones al derecho al honor basándose en la ley de prensa de 1960, una ley un poco antigua ¿verdad?, en cambio la multa de 9.000 euros que le han impuesto por negarse a retirar 22 comentarios realizados por terceros de manera anónima en su blog, que ni siquiera son suyos los comentarios, en cambio la penalización no tiene el precio de los años 60 como la Ley, la multa está actualizada, osea un millón y medio de las antiguas pesetas!! Que para una persona con un sueldo normalito, quizás tenga que trabajar medio año para ganarlas. Creo que se han pasado siete pueblos, como se dice coloquialmente.
¿Y quién denunció a Merodeando? pues os lo podéis imaginar, una asociación con mucha fuerza, los mismos que han conseguido que todos paguemos por el famoso canon, para proteger a los derechos de autor. Pero que cuando yo escribo algo y grabo en ese CD que he comprado pagando ese canon, nadie me revierte mis derechos de autor. Por poner un ejemplo. Bien, pues esos mismos son los que han denunciado por vulnerar el derecho al honor. No hay nada como tener poder, con el poder consigues todo.
Menos mal que ante tal indefinición jurídica, tenemos a la ONG RSF, Reporteros Sin Fronteras, que vigilan estrechamente las denuncias presentadas por empresas e instituciones a varios blogs, ya que consideran que puede significar taparnos la boca, un recorte en la libertad de expresión, como ocurre en muchos países del mundo desgraciadamente.
También espero que Julio recurra la sentencia porque según los expertos, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE) indica en su artículo 16 que "los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario en el supuesto de que no tengan conocimiento efectivo de la actividad, o si lo tienen, sean diligentes en retirarlos". Sin embargo, el autor del blog Merodeando fue condenado por lesiones al derecho al honor, no aplicándosele la exención de responsabilidad prevista en la LSSICE, según reza en la sentencia judicial, aunque figure en la ley de prensa de 1960.
Bueno, pues cuando tenga un rato, revisaré el Derecho de los Blogs, que según me han comentado es un blog creado por el abogado David Maeztu, especializado en Nuevas Tecnologías, para dotar de un mejor conocimiento legal a los autores de bitácoras. Así mismo, recopila informaciones de interés sobre diferentes causas abiertas a blogueros de todo el mundo.
A los blogueros de opinión, nos conviene estar enterados por lo que pueda pasar, mientras esperamos que la Ley se cambie.